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Información provista NC Justice Center

¿Puedo ser desalojado si no puedo pagar la renta?

No. Las reglas están vigentes para evitar que lo/la desalojen por no pagar la renta hasta el 20 de junio, 2020. Si ya tenía un caso de desalojo pendiente en la corte antes del 30 de mayo, 2020, una nueva orden de la corte dice que nada puede ocurrir en su caso antes del 21 de junio, 2020 o después. Si usted iba a tener una audiencia en un caso de desalojo antes de 21 de junio, debe llamar a la corte para asegurar que la cita está cancelada. Si recibe una noticia de un desalojo, póngase en contacto Pisgah Legal Services at 828-253-0406  ó aplicar en línea

¿Puede el propietario/la propietaria desalojarme de alguna otra manera además de llevarme a la corte?

No. El propietario/la propietaria no puede desalojarlo: enviándole una carta, diciéndole que se vaya, cambiando las cerraduras, llamando a la policía, cortando la electricidad, o cualquier otro método. Esto incluye inquilinos que viven en hoteles. El propietario o la propietaria sólo puede desalojarlo llevándolo a una audiencia en la corte. Ahora mismo, los casos de desalojo presentado por impago de renta están prohibidos antes de 20 de junio, 2020.

¿Aún debo la renta?

Sí. Aún está obligado a pagar la renta. Simplemente no puede ser desalojado en este momento si no puede pagar. Debe hablar con su propietario/a y ver si pueden brindarle flexibilidad durante este tiempo. ¡OJO!: Para renta que está debido entre el 30 de mayo, 2020 y el 20 de junio, 2020, el propietario tiene que darle un plan de pagos de no menos de seis meses para pagar esa renta, y no le puede cobrar un recargo por retraso para renta debida durante ese período.

¿Puede el propietario cobrarme un recargo por retraso si no pago la renta a tiempo ahora mismo?

Depende. Bajo una nueva orden del gobernador, el propietario no le puede cobrar un recargo por retraso para la renta debida entre 30 de mayo, 2020 y 20 de junio, 2020. Sin embargo, el propietario sí puede cobrarle un recargo por retraso para renta debida en los meses anteriores. Debe hablar con el propietario para ver si renunciará a los cargos por pagos atrasados.

¿Qué sucede si vivo en una vivienda pública o recibo asistencia gubernamental para la vivienda?

Si vive en una vivienda pública, recibe asistencia del programa “Sección 8,” o recibe cualquier otra asistencia de renta del gobierno federal, hay una nueva ley que detiene todos los desalojos hasta el 24 de julio del 2020. Esta ley también puede protegerlo si el dueño/la dueña tiene un cierto tipo de hipoteca. Por favor, hable con una organización de servicios legales para ver si esta ley podría aplicarse en su caso. También, en todos los próximos casos de desalojo, las cortes van a requerir que todos los propietarios declaran en la corte si esta ley aplica en su caso o no. Si sus ingresos han bajado, debe hablar con el dueño/la dueña.

¿Se cortará mi electricidad, gas o agua si no puedo pagar?

No. El gobernador emitió una orden para que los servicios de agua, gas y electricidad NO SE PUEDAN cortar durante el tiempo de la crisis del coronavirus. Esta orden recientemente ha sido extendido hasta el 29 de julio, 2020.

¿Puede mi compañía de servicios públicos o el propietario cobrarme un recargo por retraso si no pago mis servicios públicos?

No. La orden del gobernador dice que los proveedores de agua, gas y electricidad NO PUEDEN cobrarle un recargo por retraso si no paga sus servicios públicos durante esta crisis de coronavirus. Esta regla está efectivo hasta el 29 de julio, 2020.

¿Todavía tengo que pagar mis facturas de agua, electricidad y gas?

Sí. Aún es responsable de pagar la factura. Debe hablar con la compañía de servicios públicos o con el propietario/la propietaria. Ellos tienen que ofrecerle a usted un plan de pago de seis meses para pagar lo que debe.

¿Qué pasa con las facturas de teléfono o internet?

Todavía tiene que pagar su factura de teléfono e internet. La orden del gobernador no cubre estos tipos de facturas, y las compañías pueden terminar su servicio si no paga. Sin embargo, aún debe comunicarse con el proveedor de servicios públicos y ver si trabajarán con usted. Algunos proveedores de internet están ofreciendo internet gratis a familias con niños o estudiantes universitarios en el hogar.

RECURSOS:

• Información bilingüe para inquilinos, de Ayuda Legal de Carolina del Norte: http://www.legalaidnc.org/get-help/self-help-library/landlord-tenant
• Servicio de Referidas de Abogados de NC (NC Lawyer’s Referral Service): 1-800-662-7660
• Ayuda Gratuita Para Cuestiones Legales en Carolina del Norte (NC Free Legal Answers): https://nc.freelegalanswers.org/
• Centro de Justicia de Carolina del Norte (North Carolina Justice Center) (se brinda servicios a inmigrantes con o sin estatus migratorio): https://www.ncjustice.org/getting-legal-assistance
• Quejas al Fiscal General de Carolina del Norte (si se cortan los servicios públicos durante la crisis de coronavirus): https://ncdoj.gov/file-a-complaint/queja-del-consumidor/

La información que se proporciona en este sitio web es sólo para fines de información general y no constituye asesoramiento jurídico.  Por favor, comuníquese con Servicios Legales de Pisgah o con un abogado particular si requiere hablar con un abogado sobre su situación específica. Para aplicar por los Servicios Legales de Pisgah, por favor llame a nuestras oficinas 1-800-489-6144 ó aplicar en línea.

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